El Observatorio del Paisaje de Cataluña se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en adelante, Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre).
La presente declaración de accesibilidad aplica al sitio web www.catpaisatge.net.
Este sitio web aún no es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
La presente declaración fue preparada el 20 de septiembre de 2018.
El método utilizado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.
Última revisión de la declaración: 20 de septiembre de 2018.
Se pueden realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del Real Decreto 1112/2018), a través del siguiente buzón de contacto.
Por ejemplo:
Las comunicaciones serán recibidas y trasladadas por la Dirección General de Atención Ciudadana, del Departamento de la Vicepresidencia, Economía y Hacienda, como Unidad Responsable de Accesibilidad Web en el ámbito autonómico.
Para hacer solicitudes de información accesible y quejas (artículo 12 del Real Decreto 1112/2018) hay que acceder al trámite "Contenidos accesibles en la web" y seguir la modalidad "Solicitar información accesible o hacer una queja".
Cualquier persona física o jurídica puede formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1112/2018 y solicitar información relativa a contenidos que estén excluidos del ámbito de aplicación de esta normativa.
Las solicitudes y quejas se registran conforme a los requisitos establecidos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento de aplicación recogido en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018 se puede iniciar el trámite "Contenidos accesibles en la web" a través de la modalidad "Reclamar una solicitud".
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta ha sido desestimada, no está de acuerdo con la decisión adoptada o la respuesta no cumple con los requisitos del artículo 12.5 del RD 1112/2018, puede iniciar una reclamación por:
También se puede iniciar una reclamación en caso de que hayan transcurrido 20 días hábiles sin haber obtenido respuesta.
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